Sáenz anunció restricciones para la circulación

Se restringirá la circulación de personas en ciudades de más de 30 mil habitantes para la concurrencia a comercios, ferias, centros comerciales, shoppings, galerías y supermercados, que regirá por terminación de DNI. Prensa: Gobierno de la Provincia de Salta

El Comité Operativo de Emergencia (COE) determinó una serie de restricciones para la circulación en el caso de la actividad comercial que tiene como eje primordial preservar el estado de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

El anuncio fue realizado esta noche por el gobernador Gustavo Sáenz, quien además brindó un informe actualizado sobre los 101 días de cuarentena que encuentra a Salta en una situación favorable.

“Hemos visto un gran relajamiento en muchas personas que no entendieron la magnitud de esta pandemia”, señaló el Gobernador salteño, indicando que esta situación demanda “cuidarnos entre todos”. Ratificó que Salta continúa en situación de distanciamiento social, “no hay argumentos para volver a la Fase 1 ya que no hay circulación comunitaria”.

En el informe de situación hizo hincapié en el promedio de circulación que en estado aislamiento social era del 52% y con en la fase de distanciamiento subió a 79%. Por este motivo se restringe la circulación en ciudades de más de 30 mil habitantes.

Además, manifestó que en el informe sobre el estado actual luego de 101 días de cuarentena, puntualizó en varias oportunidades el contexto de complejidad en el caso de Salta, limitando con 3 países y 6 provincias cubriendo un extenso territorio, recordando las gestiones que se hicieron desde un principio para la presencia del Ejército argentino en la frontera, realizando un trabajo conjunto con Gendarmería Nacional y la Policía de la Provincia.

Estado actual de la Provincia

A la fecha Salta registró 27 casos positivos por Covid-19 distribuidos por departamentos: 10 en Capital, 11 en Orán, 2 en San Martín, 1 en Cafayate, 1 en Rivadavia y 2 en Rosario de Lerma. En el NOA, la provincia de Salta junto con Santiago del Estero (22 casos) y Catamarca que no presenta positivos, tiene una de las mejores situaciones epidemiológicas.

Por millón de habitantes y en un índice regional, Salta después de Catamarca es la jurisdicción que mejor se encuentra.

Sáenz informó también sobre el registro de incumplimiento que demandaron más de 58 mil intervenciones policiales, con infracciones para 17.296 personas, reteniendo 1.764 vehículos. Además, fueron fiscalizados 1.289 comercios, con infracciones a 89 en las últimas dos semanas.

Resolución de comité Operativo

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la vigencia de la Resolución N° 35 del Comité Operativo de Emergencia de Salta mientras subsista el distanciamiento social, preventivo y obligatorio declarado por la Nación Argentina.

ARTÍCULO 2º.- Limitar, en los términos del artículo 4° del DNU Nacional N° 520/2.020, la circulación de personas en ciudades de más de treinta mil (30.000) habitantes, para la concurrencia a comercios, ferias, centros comerciales, shoppings, galerías y supermercados, quienes podrán asistir los días lunes, miércoles y viernes cuyo D.N.I finalice en número par (0, 2, 4, 6, 8), y los días martes, jueves y sábados cuyo D.N.I finalice en número impar (1, 3, 5, 7, 9).

Los comercios habilitados están obligados a exigir a sus clientes la exhibición de sus D.N.I y se abstendrán de realizar cualquier actividad comercial con las personas no habilitadas a tal fin en virtud de la terminación de su DNI, y su atención al público no podrá exceder las 20:00 hs. Ello bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones pertinentes por incumplimiento de las Resoluciones del Comité Operativo de Emergencia.

ARTÍCULO 3º.- La actividad gastronómica en sus diferentes rubros, continuará funcionando con estricta protección sanitaria, respetando distancia social y aplicando los protocolos específicos vigentes. La atención al público dentro del local gastronómico no podrá exceder las 24:00 hs.

ARTÍCULO 4º.- Instar al Ministerio de Seguridad y al Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable de la Provincia, en el ámbito de sus competencias, a intensificar las medidas de fiscalización y aplicación de multas a conductas que transgredan las normas y protocolos dictados en el marco de la emergencia sanitaria y, en particular, el cumplimiento de la exigencia de D.N.I establecida en el artículo segundo, el horario de atención al público, la obligatoriedad del distanciamiento de dos (2) metros entre personas y uso obligatorio de barbijo y/o tapabocas de todas las personas que se encuentren fuera de sus residencias.

ARTÍCULO 5º.- Excluir de las previsiones del art. 2 de la presente al Municipio de Tartagal, respecto del cual se aplicará lo dispuesto por la Resolución N° 36 del Comité Operativo de Emergencia Provincial.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7º.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Los ministerios de Seguridad y de Producción y Desarrollo Sustentable, en el ámbito de sus competencias, intensificarán los controles y medidas de fiscalización.

Las nuevas medidas no rigen en el municipio de Tartagal, donde continuará con las disposiciones emitidas la semana pasada, pudiendo la comunidad concretar salidas para adquirir alimentos o medicamentos.